Deudores alimentarios: la Ciudad les cerró la puerta a las apuestas online y abrió un debate sobre las prioridades


Por Rocio Suarez

La Legislatura porteña aprobó una ley que impide a quienes figuren como deudores alimentarios morosos abrir o mantener cuentas y realizar operaciones en plataformas de apuestas y juegos de azar online. La medida busca proteger el derecho de niñas, niños y adolescentes, pero también pone sobre la mesa una discusión más profunda: qué herramientas tiene el Estado para garantizar que la obligación de alimentar a los hijos esté por encima de cualquier otro gasto.

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una nueva restricción para quienes incumplen con el pago de la cuota alimentaria. A partir de la norma, las personas inscriptas en el Registro Público de Alimentantes Morosos no podrán abrir ni mantener cuentas activas, depositar dinero, realizar apuestas ni retirar fondos de plataformas de juegos de azar y apuestas online habilitadas en el distrito.

La iniciativa, impulsada por el diputado Leandro Santoro, incorpora modificaciones a la normativa que regula el registro de deudores alimentarios y establece un mecanismo de control en tiempo real. Antes de habilitar una cuenta, las empresas deberán verificar si el usuario figura como moroso. Si una persona ya registrada como deudora mantiene una cuenta operativa, la plataforma deberá suspenderla e informar la situación a las autoridades correspondientes.

La discusión tiene un punto de partida concreto: la cuota alimentaria no es un gasto opcional. Es una obligación destinada a garantizar derechos básicos de niñas, niños y adolescentes.

Cuando la deuda alimentaria convive con el juego

El debate adquiere otra dimensión frente al crecimiento de las apuestas online. La posibilidad de apostar desde un teléfono celular, durante las 24 horas y con acceso inmediato al dinero, modificó radicalmente las formas tradicionales de juego.

La nueva ley parte de una premisa sencilla: si una persona tiene una deuda alimentaria exigible y, al mismo tiempo, dispone de dinero para apostar, el Estado debe establecer mecanismos que prioricen el cumplimiento de esa obligación. La normativa no apunta solamente a impedir que el deudor apueste. También responsabiliza a los operadores, que deberán realizar controles automatizados y aplicar las restricciones cuando corresponda. La autoridad regulatoria del juego porteño será la encargada de sancionar a quienes incumplan.

Un problema que excede la billetera

Durante el debate legislativo, Santoro sostuvo que la canasta de crianza en la Ciudad ronda los $1,6 millones y afirmó que una proporción importante de las madres que afrontan solas la crianza no recibe la cuota alimentaria en tiempo y forma.

El dato permite poner la discusión en contexto: la cuota alimentaria no representa únicamente una transferencia de dinero de un progenitor a otro, incluye la posibilidad de garantizar alimentación, vivienda, vestimenta, educación, salud, transporte y cuidados.

Cuando ese aporte no llega, la consecuencia no desaparece: alguien tiene que absorber ese costo. En la práctica, muchas veces termina recayendo sobre la madre, quien tiene a cargo la crianza cotidiana, generando una sobrecarga económica y de cuidados.

Por eso, hablar de deudores alimentarios también implica hablar de desigualdad.

¿Una sanción o una herramienta de protección?

La discusión política mostró posiciones enfrentadas. La iniciativa consiguió 43 votos a favor y 14 en contra, con el rechazo del bloque de La Libertad Avanza. Quienes respaldaron la medida la presentan como una herramienta para reforzar el cumplimiento de una obligación legal y proteger el interés superior de los menores. Sus detractores pueden cuestionar que el Estado avance sobre determinadas decisiones personales o discutir la eficacia de una prohibición de este tipo.

Sin embargo, existe un punto que atraviesa cualquier posición ideológica: la obligación alimentaria tiene como destinatarios a personas que no pueden decidir por sí mismas dejar de recibirla. Un niño no puede elegir no comer porque uno de sus progenitores decidió no pagar. Tampoco puede elegir no ir al médico, no tener útiles escolares o vivir en una vivienda adecuada.

Por eso, el debate sobre las sanciones a los deudores alimentarios tiene una dimensión que excede el castigo: se trata de establecer qué derechos deben ser considerados prioritarios.

El límite: proteger los datos y evitar abusos

La ley también incorpora mecanismos específicos para resguardar la privacidad.

Las plataformas deberán consultar únicamente si una persona figura o no en el registro. Esa información no podrá conservarse con fines comerciales ni utilizarse para elaborar perfiles de usuarios. Es un punto relevante en una época en la que los datos personales se convirtieron en un activo de enorme valor.

El Estado busca garantizar el cumplimiento de una obligación, pero debe hacerlo sin transformar un registro judicial en una herramienta de vigilancia comercial.

Una discusión que recién comienza

La prohibición de apostar online puede convertirse en una herramienta más dentro del conjunto de sanciones destinadas a los deudores alimentarios. Pero difícilmente pueda resolver por sí sola un problema estructural.

La discusión de fondo es mucho más amplia.

¿Qué ocurre cuando un padre o una madre incumple sistemáticamente una obligación alimentaria? ¿Cuánto demora la Justicia en responder? ¿Qué mecanismos existen para recuperar una deuda? ¿Qué protección recibe quien queda solo o sola frente al costo de criar? ¿Y qué ocurre cuando el incumplimiento se combina con otras formas de violencia económica?

La nueva norma porteña pone el foco en una contradicción difícil de ignorar: apostar puede ser una decisión personal; alimentar, cuidar y sostener a los propios hijos es una responsabilidad legal y humana.

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